Miércoles, Marzo 18, 2015 – 16:45
El 11 de marzo de 2015, La Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) sancionó de oficio a Radio Fútbol FM con una multa de USD 1 770 dólares por supuesta “vulneración evidente de los derechos al acceso libre e informado a la información” al haber clasificado, pero no identificado los tipos de contenidos del programa “Mira quien habla” , transmitido el 27 de enero de 2015.
Durante la Audiencia de Sustanciación desarrollada el 4 de marzo del 2015, Narcisa Salvador, como representante del medio de comunicación afirmó que el programa Mira Quién Habla’, sí se clasificó el tipo de audiencia, que era apto para todo público; sin embargo, se omitió “el establecimiento de contenido del programa”. Afirmó, también, que este particular ya fue rectificado, lo que en la audiencia solicitó que se tome en cuenta al momento de la resolución final.
Por otro lado el abogado de la Supercom, Alejandro Salguero Manosalvas, ratificó el contenido del reporte interno, en el que se establece que el contenido del programa no se identificó, por lo que existió una «vulneración evidente de los derechos al acceso libre e informado a la información” .
La entidad de control dio al medio 72 horas para cancelar el valor de la multa impuesta. El artículo 60 de la LOC está comprendido por dos obligaciones: la de clasificar y la de identificar el contenido de la programación, por lo que la Supercom consideró a la alegación del medio como improcedente.
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