Los Derechos Humanos y el principio de no injerencia

La Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana (EuroLat) que se ha celebrado en Bruselas no ha alcanzado un consenso sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela.

Mientras la mayoría de los parlamentarios europeos estaban a favor de lanzar  un fuerte mensaje al Gobierno venezolano, reclamando el respeto de los derechos humanos, los miembros latinoamericano de Eurolat se negaron invocando el principio de “no injerencia” en los asuntos internos de cada país. Solo desde una visión cínica se puede sostener semejante anacronismo.

EuroLat es la institución parlamentaria de la Asociación Estratégica Birregional, establecida en junio de 1999 en el marco de las Cumbres entre la Unión Europea, América Latina y el Caribe (UE-ALC). Tiene competencias para adoptar y presentar resoluciones y recomendaciones a los países y grupos ministeriales responsables del desarrollo de la Asociación Estratégica Birregional.

Ramón Jáuregui, eurodiputado socialista español y copresidente de la Asamblea señaló que “para la UE queda claro que se está dando una deriva peligrosa en el sistema venezolano y queremos reclamar expresamente que no debe haber presos políticos y que deben garantizarse elecciones libres”. El vicepresidente de la Eurocámara, Antonio Tajani, añadió que “la UE no quiere decidir qué Gobierno tiene Venezuela. Eso es cosa de los ciudadanos del país, pero sí tiene el mandato de los tratados europeos de velar por el respeto a los derechos humanos en todo el mundo”.

Los parlamentarios latinoamericanos también están jurídicamente obligados en salir en defensa de los derechos humanos según la Convención Americana sobre Derechos Humanos (también llamada Pacto de San José de Costa Rica). Los Estados que han firmado la Convención, entre los que se encuentra Venezuela, se han comprometido a “respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda las personas que estén sujetas a su jurisdicción, sin discriminación alguna”.

Las frecuentes intervenciones de las potencias europeas y de los Estados Unidos en América Latina, durante los siglos XIX y XX -que en su mayor parte eran de tipo armado- hicieron que se consolidara un fuerte sentimiento anti-intervencionista en la región. La Séptima Conferencia Interamericana de Montevideo de 1933 logró consagrar el principio de que “ningún Estado tiene derecho a intervenir en los asuntos internos ni en los externos de otro”. Se alegaba que la intervención era contraria al derecho fundamental de la igualdad jurídica de los Estados, puesto que hacía prevalecer la voluntad del más fuerte.

El principio mantiene una cierta vigencia si lo referimos a toda forma de intervención armada, que vulnere de algún modo el principio de soberanía territorial de los Estados. Pero resulta francamente absurdo invocarlo para negarse a suscribir recomendaciones que solo tienen un valor normativo. Recomendaciones que por otra parte están alejadas de las denominadas “intervenciones humanitarias” en las que se justifica el uso de la fuerza por motivos humanitarios pero que en ocasiones han servido de excusa para  la política de las grandes potencias.

Los parlamentarios latinoamericanos debieran recordar que entre el 6 y el 20 de septiembre de 1979, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos visitó la Argentina, en plena dictadura militar. La Comisión llegó a la conclusión de que, “por acción de las autoridades públicas y sus agentes, en la República Argentina se cometieron durante el período a que se contrae el informe -1975 a 1979- numerosas y graves violaciones a los derechos humanos”. Fue la primera intervención internacional que permitió descorrer el telón que ocultaba la masiva violación de derechos humanos que estaba teniendo lugar en Argentina.  La visita del organismo había sido impulsada por varios militantes de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos como Emilio Mignone, Augusto Conte, Graciela Fernández Meijide, Alfredo Bravo y Simón Lázara.

Resulta absurdo, a la luz de estos antecedentes, refugiarse en el principio de “no injerencia” para no suscribir una declaración que tiene sólo un valor simbólico. La defensa de los valores democráticos obliga a pronunciarse cuando se avasallan los derechos de los pueblos a tener un gobierno realmente representativo. Como señala la Convención Americana, “los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional”. Ya no se puede tapar el cielo con un harnero.

Aleardo F. Laría, Socio CPA

Notiar.com.ar, 10/06/2015

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