Dos medios locales son multados

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Martes, Agosto 12, 2014 – 16:30
Esmeraldas

El 7 de agosto de 2014 la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) sancionó a la estación televisiva Digital TV y a la radio La Voz de su Amigo, de la provincia costera de Esmeraldas –ubicada a 300 Km al norte de Quito- con una multa económica de cuatro remuneraciones básicas mínimas unificadas, USD 1360, por no entregar copias de programas.
En ambos casos, la entidad de control determinó que estos medios de comunicación infringieron el artículo 28 de la Ley Orgánica de Comunicación quel establece que “toda persona que se sienta afectada por informaciones de un medio de comunicación podrá solicitar fundadamente copias de los programas o publicaciones”, pedido que deberá ser atendido favorablemente “en un término no mayor a 3 días”.
En el caso del canal Digital TV, la sanción se dio tras la denuncia del político y ex candidato a alcalde por el movimiento Avanza, aliado del Gobierno, Carlos Simón Barcia Molina, quien alegó que el medio de comunicación con sede en la ciudad de Quinindé no atendió favorablemente su pedido de entrega de las grabaciones del programa noticioso de los días 20 y 21 de marzo de 2014. Por su parte, el abogado Pedro Samuel López Banegas, en representación del medio de comunicación aseguró que no se pudo cumplir con el pedido por un caso de fuerza mayor, ya que las grabaciones referidas no fueron entregadas debido un problema técnico en los discos que registran los programas. Sin embargo, para la Supercom, la “fuerza mayor o caso fortuito, tiene que ser debidamente probada” y, según dicha entidad, el medio no presentó pruebas que certifiquen el daño de los equipos.
En el segundo caso, la radio La Voz de su Amigo también fue sancionada luego de una denuncia presentada por Jhon Sánchez Gutiérrez quien aseguró que el medio de comunicación incumplió con su pedido de entrega de una copia del programa ‘Opinión Popular’, del 9 de junio, en el tiempo establecido en la Ley. Durante la audiencia de sustanciación, desarrollada el 31 de julio, la gerente de la radio, Zinna Katherina Saud Beltrán, aseguró en su defensa que el programa ‘Opinión Popular’ es “un espacio propiciado para la expresión de la ciudadanía esmeraldeña, en donde participó el denunciante, a quien jamás se le habría ni mencionado en dicho segmento, ni objetado nada de lo que esta persona expresó”. Además presentó como prueba un oficio de 3 de julio de 2014 para demostrar que en esa fecha le entregó al accionante un CD, que contenía las copias de los programas ‘Minuto a Minuto’ y ‘Opinión Popular’ del 9 de junio. Pese a ello, la entidad de control determinó que el medio de comunicación no cumplió con lo solicitado en el término de tres días, como dicta la Ley, y entregó dichas copias a destiempo.

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